Según la Orden de Convocatoria de 30 de diciembre de 2010, para el año 2011 serán objeto de subvención las instalaciones de:
- Energía Solar térmica de baja temperatura. Sistemas solares térmicos que aprovechan la energía solar, en edificios ya existentes, para la producción de agua caliente, para apoyo a la calefacción y climatización o para aplicaciones en procesos productivos industriales, agrícolas, ganaderos, forestales y extractivos.
- Biomasa térmica. Instalaciones de producción de energía térmica para uso doméstico, industrial o en edificios que utilicen como combustible biomasa.
- Instalaciones híbridas biomasa + solar térmica.
- Solar fotovoltaica aislada. Mixta eólica-fotovoltaica. Conversión de la energía solar en energía eléctrica mediante sistemas solares fotovoltaicos aislados de la red de distribución eléctrica, destinados exclusivamente al autoabastecimiento energético en edificios o sistemas que no tengan posibilidad de acceder a la red de distribución en baja tensión.
- Equipos de tratamiento en campo de biomasa para su astillado o empacado. Maquinaria específica para el tratamiento de la biomasa, para uso energético, en campo a fin de facilitar su recogida y transporte de forma que se reduzcan los costes asociados al transporte de la misma.
- Equipos de aprovechamiento de la energía existente en el subsuelo. Geotermia. Instalaciones de aprovechamiento de la energía térmica, calor y/o frío existente en el subsuelo, para su consumo en el sector doméstico, industrial o de servicios,mediante sistemas electromecánicos o termodinámicos. Los tipos de aplicación pueden ser climatización de edificios (calor y/o frío), producción de agua caliente sanitaria, climatización de piscinas y generación térmica para procesos industriales.
fuente: http://www.industriaextremadura.com/
